(AN) Legislación Actual-Normativa Estado de Información no Financiera
La Comisión Europea publica
Directrices para la divulgación de información no financiera
La Comisión Europea ha publicado unas directrices no vinculantes sobre la divulgación de información no financiera por parte de las empresas. Su objetivo es ayudar a las empresas a cumplir con el requisito de divulgar información relevante y útil sobre asuntos ambientales y sociales de manera coherente y comparable. Dichas obligaciones de divulgación se establecen en la Directiva sobre la divulgación de información no financiera y de diversidad por parte de algunas grandes empresas y grupos (Directiva 2014/95 / UE), que entró en vigor el 6 de diciembre de 2014.
Estas directrices llegan tras un proceso de consultas públicas,que contó con 355 respuestas de empresas, asociaciones empresariales, inversores, autoridades públicas, organizaciones internacionales, profesionales, proveedores de servicios, ONG, sociedad civil y otras partes interesadas de la UE, los Estados miembros del EEE, así como de terceros países. El proceso de consulta incluyó también entrevistas de expertos, talleres con partes interesadas y una consulta con el Grupo de Expertos de Alto Nivel sobre Financiación Sostenible organizado por la Comisión.
Tanto la actual Directiva de la UE sobre la divulgación de información no financiera (artículo 2) como las nuevas directrices reflejan las mejores prácticas actuales y los últimos acontecimientos a nivel internacional, incluidas las enseñanzas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, el Acuerdo Climático de París y la industria Sobre la información financiera relacionada con el clima, creada por el Consejo de Estabilidad Financiera.
La Directiva establece algunos requisitos mínimos
sobre la divulgación de información no financiera por parte de algunas grandes
empresas, evitando al mismo tiempo toda carga administrativa indebida, en
particular para las empresas más pequeñas.
Las empresas interesadas divulgarán en su informe anual información pertinente
sobre:
- Políticas, resultados y riesgos, incluyendo la debida diligencia que implementan;
- Indicadores financieros no financieros relevantes;
- Aspectos medioambientales, sociales y laborales, respeto a los derechos humanos, lucha contra la corrupción y sobornos.
Las directrices no son obligatorias y están destinadas a ayudar a las empresas a cumplir con los requisitos de presentación de informes. No añaden ningún requisito legal y siguen de cerca el equilibrio establecido por la Directiva en términos de requisitos legales, alcance y flexibilidad para las empresas.
Las empresas mantienen una flexibilidad significativa para revelar la información relevante de la manera que consideren más útil. Además, pueden utilizar directrices internacionales, europeas o nacionales de acuerdo con sus propias características o entorno empresarial, tales como los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre los Negocios y los Derechos Humanos, ISO 26000 o el Código de Sostenibilidad de Alemania.
Las directrices ayudarán a las empresas a integrar mejor la información ambiental y social material en su ciclo de negocios, innovar y adaptar sus informes a las circunstancias particulares de su negocio y, además, confiar en otros marcos de informes.
Contenido de la información no financiera
Legislación
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014L0095&from=ES
https://www.boe.es/boe/dias/2017/11/25/pdfs/BOE-A-2017-13643.pdf
Normativa Estado de Información no Financiera
Estimado Lector,
a) Directivas, Reglamentos y Directrices UE
1.- Directiva 2014/95/UE del parlamento europeo y del consejo de 22 de octubre de 2014
2.- Directrices sobre la presentación de informes no financieros
3.- Reglamento (UE) 2020/852 del parlamento europeo y el consejo de 18 de junio de 2020 (inversiones sostenibles -EINF ) (Efectos EINF artículo 8)
b) Leyes que modifican el Código de Comercio, el TRLSC y la LAC 2015,
3.- Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre - Otra Información.
4.- Ley 11/2018, de 28 de diciembre - Otra Información.
c) Consultas publicadas por el ICAC
3.- Consulta ICAC ámbito de aplicación
4.- Consulta ICAC sobre el verificador del EINF
5.- Consulta ICAC 2 BOICAC 113 Efecto en el informe
27.- Consulta 7 BOICAC 113 ¿Qué hacemos si no se presenta el EINF?
d) Documentos de corporaciones (incluyo los enlaces, pero el grado de acceso depende de la propia corporación)
6.- Comunicación Departamento técnico número 93 (REA)
7.- Anexo con a la Comunicación número 93 con los principales cuestiones de interés (REA)
Verificación del EINF
8.- NIEA 3000 revisada (traducida por el ICJCE)
9.- Guía de actuación 47 del ICJCE (Adenda 1) ver nota 1 al final (Adenda 2) ver nota 2 al final
En
marzo 2019 el REA publicó la guía número 14 sobre trabajos de
verificación de EINF, el acceso al documento está restringido a miembros
de la corporación.
22.- Guía de actuación 14 del REA
Marcos Internacionales más utilizados
10.- Global reporting initiative (GRI)
11.- Integrated reporting framework
12.- Accountability Standards
Otros Marcos nacionales, documentos y guías
13.- Marco AECA
14.- Documentos y guías de aplicación EMAS
15.- 10 principios del pacto mundial de las Naciones Unidas
16.- Objetivos de desarrollo sostenible de Naciones Unidas
17.- Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas (Revisado en junio 2020)
18.- Guía de Buen Gobierno PYMES REA
19.- Guía CNMV informes de gestión para entidades cotizadas
20.- Directiva 34/2013/UE de 26 de junio de 2013
24.- Guía para PYMES de los objetivos de desarrollo sostenible
Otros Enlaces didacticos
21.- Preguntas y respuestas <IR>
23.- Definición de propósito de una corporación (Business Roundtable)
Otros enlaces
25.- Procedimiento acordado para la verificación del cumplimiento de indicadores de transparencia y buen gobierno de las ONG (actualizado a marzo de 2020).
27.- Guía sobre las relaciones con los grupos de interés (Guía REA mayo 2020)
Ignacio Aguilar.
Preparador examen ROAC.
https://www.economiayauditoria.com/2019/03/normativa-estado-de-informacion-no.html
2. En particular, las empresas no financieras divulgarán la siguiente información:
La Ley 11/2018 aprobó una modificación legal por la que se establece la obligatoriedad para una serie de empresas de publicar junto con sus cuentas anuales consolidadas y formando parte del informe de gestión, un Estado de Información No Financiera en relación a sus actividades.
Este estado de información no financiera debe incluir información relativa a cuestiones medioambientales y sociales, información sobre el personal de la empresa e información al respecto de los derechos humanos y la lucha contra la corrupción y el soborno.
Desde el ejercicio 2018 hasta el ejercicio 2020, afectaba en esencia a las empresas de más de 500 trabajadores, pero se establecía que para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, la obligación del Estado de Información No Financiera se extenderá a las empresas de más de 250 trabajadores y que, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos una de estas circunstancias: que su cifra total de negocios supere los 20 millones de euros o que el importe total neto de la cifra anual de negocios supere los 40 millones de euros; o bien, que tengan la consideración de entidades de interés público.
La información incluida en el Estado de Información No Financiera deberá ser verificada por un prestador independiente de servicios de verificación. Por consiguiente, las firmas de auditoría pueden llevar a cabo este proceso de revisión establecido por la normativa.
http://auditoria-auditores.com/articulos/articulo-auditoria-el-estado-de-informaci-n-no-financiera-principales-cambios-del-ejercicio-2021/
sta nueva obligación se recoge en la Ley 11/2018, que aprobó una modificación legal por la que se establecía la obligatoriedad para una serie de empresas de publicar un estado de información no financiera relevante en relación a sus actividades. Ese estado de información no financiera debe incluir información relativa a cuestiones medioambientales y sociales, información sobre el personal de la empresa, e información al respecto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno. Esta obligación afectaba inicialmente solamente a las empresas de más de 500 trabajadores, si bien la disposición transitoria estableció que en 2021 la obligación del estado de información no financiera se extendería a las empresas de más de 250 trabajadores, que cumplan una serie de requisitos.
Esta obligación también aplica a empresas que sean consideradas Entidades de Interés Público “EIP”, o bien, que durante dos ejercicios consecutivos en la fecha de cierre del balance, hayan superado dos de los tres criterios siguientes: 20 millones de € en el total del activo del balance, 40 millones de € en el importe neto de la cifra de negocios, o al menos 250 empleados de media.
La información incluida en el Estado de Información no Financiera deberá ser verificada por un prestador independiente de servicios de verificación. Por consiguiente, las veinte firmas multidisciplinares que forman parte de la Asociación Grupo20 pueden llevar a cabo este proceso de revisión establecido por la normativa, siempre y cuando sea un encargo independiente del servicio de auditoría de las cuentas.
Según ha declarado recientemente el Colegio de Auditores de la Comunidad Valenciana se trata de “una herramienta que profundiza aún más en la transparencia de las compañías al incluir aspectos relacionados con el medio ambiente o los recursos humanos”. Desde el Colegio de Auditores afirman que esta información es relevante porque permite entender los riesgos extrafinancieros a los que está expuesta una compañía y que pueden impactar claramente en la consecución de resultados. Por su parte, el Consejo General de Economistas considera que “se debe apostar por una serie de incentivos para que las pymes incrementen la elaboración de los estados de información no financiera” y afirma que “sin duda será bueno para la economía y el conjunto de nuestro país”.
El Estado de Información No financiera incluye una descripción del modelo de negocio, cuestiones medioambientales, sociales y relativas al personal, de organización del trabajo, salud y seguridad, relaciones sociales, formación, accesibilidad universal de las personas con discapacidad, igualdad, derechos humanos, lucha contra la corrupción y el soborno, además de información sobre la sociedad, como sus compromisos con el desarrollo sostenible o subcontratación y proveedores, etc.
http://auditoria-auditores.com/articulos/articulo-auditoria-novedades-en-la-presentaci-n-de-estados-de-informaci-n-no-financiera/

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