Del EINF al Informe de Sostenibilidad y otros reportes vinculados

 

Novedades de reporting ESG: del EINF al Informe de Sostenibilidad y otros reportes vinculados

 

En 2018 se aprobó la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

Su aplicación ha sido progresiva en el plazo de tres años: requerida en el ejercicio de 2018 para todas aquellas entidades de más de 500 empleados, que o bien sean entidades de interés público, o bien se consideren empresas grandes; y para el ejercicio de 2021 para las empresas de más de 250 empleados.

Los administradores de las empresas españolas a las que resulta de aplicación esta norma deberán formular en el plazo de 3 meses a partir del cierre del ejercicio, el informe de gestión que incluirá el estado de información no financiera verificado por un tercero independiente.

El texto de la Ley 11/2018 establece que el estado de información no financiera consolidado incluya información significativa sobre cuestiones medioambientales, sociales y relativas al personal, relativas al respeto de los derechos humanos, la lucha contra la corrupción y el soborno y el impacto de la organización sobre la sociedad.

Sin embargo, en noviembre de 2022 se aprobó la Directiva relativa a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas la cual introduce a partir de los EINF 2024 novedades importantes en estos informes que pasarán a llamarse Informes de Sostenibilidad. También mencionaremos otras regulaciones que afectan a la información a reportar como es la Ley de Cambio Climático y el reglamento europeo de Taxonomía de Finanzas Sostenibles.

Con el objetivo de entender los requisitos de la legislación que ya aplica a las compañías y las principales novedades de la nueva regulación, el Instituto Superior del Medio Ambiente organiza este Taller práctico en colaboración con un profesional con amplia experiencia tanto en consultoría y auditoría en KPMG así como Responsable de Sostenibilidad en Grupo Faes Farma.

Abordaremos asuntos clave cómo: ¿A quién aplica? ¿Cómo identificar los indicadores materiales? ¿Sobre qué aspectos se requiere información? ¿Cómo interpretar cada uno de ellos? ¿Cuándo y dónde publicar? ¿De qué trata el proceso de verificación externa? ¿Cómo y cuando me afectan las novedades de la nueva Directiva?, ¿Qué aspectos modifica o introduce como nuevos?, ¿Qué información debo reportar por primera vez en los próximos años?, etc.

Fecha impartición:
25/10/2023 - 25/10/2023

https://www.ismedioambiente.com/programas-formativos/novedades-de-reporting-esg/

Modalidad:
Telepresencial
Precio:
130 €
Duración:
4 horas

 Me parece mas adecuado la denominación de informes no financieros, que la denominación de informes de sosteniblidad

Los nuevos Estados de información en materia de sostenibilidad

Novedades y muy importantes las que nos llegan desde el Parlamento Europeo por lo que respecta a la gestión de la sostenibilidad por parte de las empresas. Ayer jueves 10 de noviembre se aprobó una nueva directiva europea de Información sobre Sostenibilidad que supone un cambio cualitativo en los informes de sostenibilidad que las empresas deben presentar anualmente y también en la gestión de sus datos. La nueva directiva implica una mejorar en la rendición de cuentas de las grandes empresas ante el público, al obligarles a informar regularmente sobre el efecto de su actividad en las personas y el medio ambiente.

Los estados miembros tienen ahora 18 meses para transponer esta nueva directiva europea. Pero antes de explicaros los cambios más importantes que incluye esta directiva, hagamos un breve recorrido cronológico desde el inicio de esta propuesta europea.

El 21 de abril de 2021, en el marco del Pacto Verde Europeo y Plan de Acción en materia de Finanzas Sostenibles, la Comisión Europea presentó la “Propuesta de Directiva por la que se modifican la Directiva 2013/34/UE, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y el Reglamento (UE) n.º 537/2014, por lo que respecta a la información corporativa en materia de sostenibilidad”.

La previsión inicial era que los Estados Miembros pudieran realizar la transposición antes del 1 de diciembre de 2022. Pero, ¿en qué situación nos encontramos a día de hoy?

En junio de 2022 se llegó a un principio de acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo para eliminar algunos aspectos como la exención para que las grandes empresas filiales de grupos informen sobre datos de sostenibilidad. En este sentido, las empresas no comunitarias con actividad sustancial, es decir, con un volumen de negocios superior a 150 millones de euros en la UE, se verán afectadas.

El 10 de noviembre de 2022, el Parlamento Europeo ha aprobado la propuesta de Directiva con 525 votos a favor, 60 en contra y 28 abstenciones. El siguiente paso es la adopción del texto por parte del Consejo, previsiblemente el 28 de noviembre, y posteriormente se publicará en el Diario Oficial. Los Estados tienen 18 meses para transponer la Directiva.

Los principales cambios que aportará la nueva directiva, además de lo que ya venía contemplado en la Ley 11/2018:

1 – Se modificará el nombre
Se pasará de los Estados de Información no Financiera a los Estados de información en materia de sostenibilidad. Durante el proceso de elaboración de la Directiva, muchas partes consideraron que el concepto “no financiero” daba a entender que no tenía relevancia financiera, cuando en realidad sí la tiene.

2 – Enfoque de doble materialidad

Hacia dentro: los riesgos relacionados con temas vinculados con la sostenibilidad a los que la organización está expuesta.
Hacia fuera: los impactos de la organización sobre las personas y el medio ambiente.

3 – Reportar conforme Taxonomía UE y Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR)

Ya no habrá libertad para acogerse a marcos de referencia (como los GRI), sino que se reportará conforme a unas nuevas normas de reporte comunes a nivel europeo (aún deben publicarse): los “EU Sustainability Reporting Standards (ESRS)”. El Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) se responsabilizará de fijar las normas europeas mediante el asesoramiento técnico de diversas agencias europeas.
Se tendrá que integrar información financiera, como los % en inversiones, productos o servicios sostenibles.

4 – Información prospectiva que incluya objetivos, estrategias y progresos (a largo plazo)

Otros cambios significativos son:

– La Comisión presentará una propuesta legislativa para crear una plataforma de acceso digital a escala de la UE a la información pública financiera y sobre sostenibilidad de las empresas (que seguramente se tendrá que registrar, además de publicar en la página web (formato XHTML) e incluirlo en los informes de los Estados Financieros, con apartado propio).

– La priorización de industrias específicas de alto riesgo (textil, agricultura, minería, minerales) para el desarrollo de normas sectoriales y criterios de información adicionales, según ha solicitado el Parlamento.

 

La previsión es que las empresas que deben publicar su información relacionada con la sostenibilidad pase de las 11.600 actuales a más de 49.000 a nivel europeo. El programa de aplicación debería ser el siguiente:

  • 1 de enero de 2024: para las empresas ya sujetas a la Directiva sobre divulgación de información no financiera (más de 500 empleados), que deberán entregar sus informes en 2025.
  • 1 de enero de 2025: para las grandes empresas no sujetas en la actualidad a la Directiva sobre divulgación de información no financiera (más de 250 empleados y/o una facturación de 40 millones de euros y/o 20 millones en activos totales), que deberán entregar sus informes en 2026.
  • 1 de enero de 2026: para las pymes que cotizan (posibilidad de excepción hasta 2028), así como para las entidades de crédito pequeñas y no complejas y para las empresas de seguros cautivas.

 

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