CSRD: últimas claves de los informes de sostenibilidad del futuro-INTRODUCCIÓN A LOS ESRS

 

La directiva CSRD reemplaza a una directiva anterior, la Directiva de Informes No Financieros (NFRD), que ya imponía una declaración de RSC en numerosas empresas. Cuatro objetivos guían la CSRD: :

  • Aumentar la integridad, precisión y fiabilidad de la información recopilada. 
  • Extender las obligaciones de informe a más empresas. 
  • Incrementar la conciencia sobre el impacto ambiental que tienen las empresas, incluidos los riesgos ESG. 
  • Estandarizar los balances en toda la UE.

DE NFRD A CSRD: ¿CUÁLES SON LAS DIFERENCIAS?

Hay 5 diferencias principales entre la directiva CSRD y la directiva NFRD: 

1. Su ámbito de aplicación - aplicada gradualmente, cubrirá más de 50.000 empresas en Europa, comparado con las 11.000 anteriores de la NFRD ;

2. Sus estándares detallados de declaración europea

3. Un análisis más exhaustivo de los impactos no financieros de la empresa. 

4. Un análisis de los riesgos creados por la empresa, además de los riesgos sufridos. 

5. Auditorías realizadas por un organismo independiente, en lugar de ser realizadas internamente.

El reporte en materia de sostenibilidad ha evolucionado considerablemente en los últimos años y la nueva CSRD o Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad es el paso definitivo en un proceso de cambios sin precedentes. Proceso que sigue avanzando, puesto que la semana pasada se ha visto superado un nuevo hito con la aprobación de los doce estándares que estaban pendientes, según informa EFRAG.

En nuestro contenido exclusivo para entidades socias, Virtual session sobre las claves para reportar con el nuevo marco europeo: Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, hemos querido pulsar el proceso de esta nueva normativa después de meses de su lanzamiento, cómo afectará a las empresas españolas y su conexión con el nuevo Informe de Progreso del Pacto Mundial de la ONU.

“Esta evolución hacia normas de sostenibilidad es un cambio de paradigma radical. Hasta el momento, únicamente se trataba de captar la información de las empresas. Ahora, se está planteando elaborar una información de sostenibilidad que ayude a la toma de decisiones, no sólo a las grandes empresas, sino a los grupos de interés. A raíz de que los grupos de interés conozcan información sobre aspectos medioambientales y sociales, estudiarán la forma de financiar o comprar productos, destacó durante la sesión Begoña Giner, Catedrática de Economía Financiera y Contabilidad de la Universitat de València y miembro del Sustainability Reporting Board (EFRAG).

En este artículo, traemos a la actualidad la CSRD y su transposición en España, el papel del EFRAG en el proceso de cambios en el reporte, los European Sustainability Reporting Standards  y la conexión con el Informe de Progreso; el reporte anual que realizan las entidades socias de nuestra organización, líder de sostenibilidad empresarial.

  1. ¿Qué es la CSRD (Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad)?
  2. Novedad: se aprueban los European Sustainability Reporting Standards (ESRS)
  3. ¿Qué pasará en España con la transposición de la norma de información en sostenibilidad?
  4. Conexión con el Informe de Progreso del Pacto Mundial de la ONU.

1. ¿Qué es la CSRD (Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad)?

La CSRD o Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad es la nueva normativa a nivel europeo que sustituye a la Directiva 2014/95/UE y que regirá a partir de 2024 la presentación sobre información de sostenibilidad de las empresas de la Unión Europea.

Una directiva que modifica la tradicional forma de llamar a este ejercicio de reporting: de “información no financiera” pasa ser “información de sostenibilidad” y lo pone a la altura del informe financiero. Un informe que, de momento, tendrá una verificación limitada, aunque evolucionará en el futuro hacia una verificación razonable por parte de una persona experta. La CSRD multiplica su alcance considerablemente; se estima que pasará a afectar a unas 50.000 empresas, frente a las 12.000 empresas que estaban implicadas por la antigua.

Otro de sus puntos clave, es la doble materialidad que impone, financiera y de impacto, ante la cual, las empresas españolas ya están trabajando.

La CSDR será aplicable a las empresas según este calendario:

  • Ejercicio 2024. Empresas afectadas por la anterior normativa, Non financial reporting Directive (por sus siglas en inglés, NFRD) referentes a cotizadas grandes, entidades financieras y seguros, con más de 500 empleados.
  • Ejercicio 2025. Otras grandes empresas (otras cotizadas y no cotizadas).
  • Ejercicio 2026. Pymes cotizadas (menos de 250 trabajadores)
  • Ejercicio 2028. Empresas fuera de la Unión Europea, con requisitos específicos

El papel del EFRAG

El EFRAG o European Financial Reporting Advisory Group es una organización privada impulsada por la Comisión Europea que le proporciona asesoramiento técnico para la elaboración de los ESRS. A partir de sus borradores, la Unión Europea puede estipular modificaciones, como efectivamente ha ocurrido a la hora de matizar algunas obligaciones de información. 

En los próximos meses, el EFRAG tiene previsto ofrecer directrices de aplicación sobre temas clave faciliten el reporte a las empresas, en concreto sobre la cadena de valor y la doble materialidad; así como irá elaborando las normativas reporte destinadas a pymes y otras sectoriales. 

2. Novedad: se aprueban los European Sustainability Reporting Standards (ESRS)

Los European Sustainability Reporting Standars o ESRS son los estándares europeos que se plantean dentro de la CSRD para el reporte de las empresas. Están dirigidos a configurar una información proporcionada pero exhaustiva de las cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza.  Acaban de ser aprobados a últimos de octubre y ya están integrados en el marco jurídico europeo.  Son doce estándares, alineados con GRI y divididos según el siguiente esquema:

  • Requisitos generales:
    • ESRS 1: Requerimientos generales.
    • ESRS 2: Divulgaciones generales.
  • Medio ambiente:
    • ESRS E1: Clima.
    • ESRS E2: Contaminación.
    • ESRS E3: Agua y recursos marinos.
    • ESRS E4: Biodiversidad y ecosistemas.
    • ESRS E5: Uso de recursos y economía circular.
  • Social:
    • ESRS S1: Mano de obra propia.
    • ESRS S2: Trabajadores en la cadena de valor.
    • ESRS S3: Comunidades afectadas.
    • ESRS S4: Consumidores y usuarios finales.
  • Gobernanza:
    • ESRS G1: Conducta de negocios.

 “Reporte Empresarial e Impacto Social: El nuevo marco europeo de los ESRS Sociales” 

El documento facilita un acercamiento a los ESRS (European Sustainability Reporting Standards) en la dimensión social, incluyendo indicadores y recomendaciones para prepararse para este nuevo estándar.

Así como la protección medioambiental, el impacto social es ahora una prioridad para las empresas 

En el actual contexto empresarial, las acciones con impacto social se presentan cada vez más como un elemento importante de las estrategias de sostenibilidad. Algunos aspectos clave de este escenario tienen una relación directa con la competitividad empresarial, así como la normativa de sostenibilidad, incluyendo, de manera específica, los aspectos sociales, amplificando el número de empresas que necesitan generar compromisos y acciones en sostenibilidad.

 De este modo, el nuevo marco de reporte europeo basado en los ESRS, European Sustainability Reporting Standards, (NEIS, Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad, en español), presenta un nuevo modelo de rendición de cuentas empresarial que eleva un nivel más la complejidad e impacto de este proceso en las empresas europeas.

 Información que debe recopilarse

De acuerdo con la nueva directiva, los requisitos de información serán más exigentes: 
  • Definición detallada de los factores medioambientales, sociales y de gobernanza de divulgación obligatoria;
  • Información sobre un mayor número de temas de sostenibilidad, incluyendo el modelo de negocio, estrategia, riesgos e impactos, objetivos, políticas, indicadores, entre otros;
  • La información comunicada debe contener una visión prospectiva y retrospectiva, tanto cualitativa como cuantitativa.
El informe se integra en el informe de gestión
Concepto de "doble materialidad": La materialidad debe considerar tanto la materialidad financiera como la materialidad de impacto. 
  • Materialidad financiera: Un tema de sostenibilidad es relevante si puede tener efectos financieros sobre el rendimiento y el posicionamiento de la empresa;
  • Materialidad de impacto: Un tema de sostenibilidad es material si la organización causa impactos significativos reales o potenciales en la sociedad y el medio ambiente.
La memoria debe publicarse en formato electrónico
Las empresas deben elaborar su memoria en "formato legible por máquina" y clasificar la información sobre sostenibilidad comunicada de acuerdo con un sistema de categorización digital.
 
 Supervisión
Responsabilidad de los órganos colectivos de administración, gestión y supervisión en relación con la información sobre sostenibilidad.
 
Garantía de fiabilidad
La información sobre sostenibilidad estará sujeta a verificación externa, con un nivel de garantía por determinar, para evaluar el proceso de recopilación de la información comunicada y el cumplimiento de la memoria con las normas exigidas. (En esta fase, debería realizarse la auditoría de garantía limitada, siendo el objetivo de la UE garantizar una garantía razonable en un plazo de 3 a 5 años).

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Para que este al día de todas estas novedades, desde DIRSE hemos recopilado los principales puntos y claves del informe.

 ¿QUIÉNES Y CUÁNDO DEBEN REPORTAR SIGUIENDO LOS ESRS?

 Este novedoso modelo de reporte supone una importante actualización de la anterior normativa de 2015, la Directiva sobre información no financiera (NFRD) – EINF en España – y amplía significativamente el número de empresas obligadas a facilitar información sobre sostenibilidad. La aplicación de la Directiva se llevará a cabo en cuatro fases:

 

 

INTRODUCCIÓN A LOS ESRS

 La directiva establece que las empresas incluidas en su ámbito de aplicación

deberán presentar su información no financiera de acuerdo con unos estándares comunes, denominados técnicamente European Sustainability Reporting Standards (ESRS).

 Los ESRS establecen 3 categorías de estándares dependiendo del enfoque establecido:

 • los transversales (ESRS 1 y ESRS 2),

• los temáticos (centrados en aspectos ESG), y

• los sectoriales (aún pendientes de proponer y de aprobar).

 Los dos primeros estándares -transversales- son obligatorios para todas las entidades, independientemente del análisis de materialidad que realicen o del sector al que pertenezcan, y se estructuran de la siguiente manera:

 • ESRS 1 describe la arquitectura de los estándares y los conceptos y principios que se aplicarán a la hora de preparar los reportes de sostenibilidad (bajo el paraguas de la CSRD).

• ESRS 2 explica los requisitos de divulgación referentes a la información y características generales de la empresa, así como aspectos como estrategia, gobierno corporativo

o evaluación de la materialidad, entre otros.

 

Los temáticos, sin embargo, sí tienen en cuenta que asuntos haya considerado materiales cada organización y se estructuran en 3 temas y 4 pilares.

 

 

El paquete de ESRS ya presentado se completará con unas normas sectoriales, además de unas específicas para pymes y empresas de terceros países (segundo paquete ESRS), que se esperan para 2024 en adelante. En este segundo paquete se abordará el esquema de reporte, en función de la perspectiva IRO, en la que se estructura la información bajo tres enfoques, impactos, riesgos y oportunidades, que además será específica para cada uno de los sectores contemplados.

 ENTRANDO EN MATERIA: LOS 4 ESRS SOCIALES

 El informe se centra en analizar los ESRS Sociales, donde se establecen los principales indicadores que se han de medir y reportar desde el punto de vista social, y que están divididos en 4 puntos, que luego contiene subapartados temáticos dentro.

 

·       ESRS S1 – Fuerza laboral propia

·       ESRS S2 – Trabajadores de la cadena de valor

·       ESRS S3 – Comunidades afectadas

·       ESRS S4 – Consumidores y usuarios

 

FUERZA LABORAL PROPIA (ESRS S1)

 Este primer estándar está enfocado en el impacto de las organizaciones en sus trabajadores, que pueden ser positivos, aportándoles bienestar y calidad de vida, promoviendo el sentimiento de pertenencia y aportando seguridad económica, pero también es posible generar impacto negativo, si no se realiza una gestión adecuada de los distintos elementos (en términos de salud y seguridad, por ejemplo).

Requisitos de divulgación

 El estándar solicita información sobre cuestiones relacionadas con:

·       Las condiciones de trabajo. Aspectos relacionados con salarios adecuados, salud y seguridad, equilibrio entre vida profesional y personal, convenios colectivos.

·       Igualdad de trato y oportunidades. Abordando temas como la igualdad de género, la inclusión de personas con discapacidad, las medidas contra el acoso o la diversidad.

·       Y otros derechos relacionados con el trabajo como son el trabajo forzoso, el trabajo infantil o la privacidad.

 En concreto, los requisitos son:

S1-1: Políticas relacionadas con la fuerza de trabajo

S1-2: Procesos para involucrar a los trabajadores y sus representantes en los impactos

S1-3: Proceso de reparación y canales de denuncia

S1-4: Adopción de medidas sobre impactos y enfoque de mitigación

S1-5: Objetivos de la gestión de impactos negativos materiales, el avance a impactos positivos y la gestión de riesgos y oportunidades

S1-6: Características de la plantilla

S1-7: Características de los trabajadores por cuenta propia (Autónomos)

S1-8: Negociación colectiva y diálogo social

S1-9: Diversidad

S1-10: Salarios adecuados

S1-11: Protección social

S1-12: Personas con discapacidad

S1-13: Desarrollo de habilidades y formación

S1-14: Salud y seguridad

S1-15: Conciliación vida personal y profesional

S1-16: Remuneración (brechas)

S1-17: Incidentes, quejas e impactos severos sobre los derechos humanos

 Cómo prepararse para reportar esta información

 ·       Sentar las bases para una buena preparación y comprensión de los nuevos estándares. Dedicarle tiempo a comprender como funcionan e ir haciendo seguimiento de los documentos explicativos que van publicando organizaciones de referencia es clave para lograr un mayor entendimiento.

·       Organizar la información, una vez se ha realizado un primer acercamiento al contenido de los ESRS, estructurando un cuadro actualizado que contenga todos los puntos a los que la organización va a tener que dar respuesta.

·       Formalizar el compromiso de la organización a través de políticas concretas puede ayudar a las compañías a dar respuesta a estos estándares y a organizar sus objetivos y acciones en los distintos ámbitos.

·       Anticiparse a la regulación es esencial para poder responder mejor a las nuevas exigencias. Un ejemplo de ello puede ser llevar a cabo un análisis detallado de la nueva regulación en materia de transparencia retributiva.

 TRABAJADORES DE LA CADENA DE VALOR (ESRS S2)

 En los últimos años, ha surgido una creciente preocupación y compromiso con respecto a la cadena de valor de las empresas. Los derechos humanos prevalecen en las agendas empresariales y el foco en las cadenas de suministro mundiales. Comprender los impactos materiales (positivos y negativos, reales y potenciales) sobre los trabajadores de la cadena de valor causados o contribuidos por la empresa y los vinculados a las propias operaciones es el objetivo de este estándar.

 

Requisitos de divulgación

 ·       ESRS S2-1 Políticas

·       ESRS S2-2 Procesos para involucrar a los trabajadores de la cadena

·       ESRS S2-3 Procesos de remediación y canales de comunicación

·       ESRS S2-4 Actuar sobre los impactos y medidas de mitigación

·       ESRS S2-5 Objetivos y métricas de gestión

 

Cómo mejorar la debida diligencia en la cadena de valor y estar mejor preparados para el reporte

 ·       Identificación y gobernanza

·       Prevención y mitigación

·       Minimizar y/o cesar + remediación y reparación

·       Monitorear y evaluar la implementación y los resultados

·       Rendición de cuentas en materia de derechos humanos y comunicar

 

 COLECTIVOS AFECTADOS (ESRS S3)

 Independientemente del sector o la naturaleza, las compañías producen unos efectos sociales, económicos y medioambientales en la sociedad, sus individuos y el entorno en el cual operan, se trata del impacto social, la huella que su actividad deja en la comunidad. Comprender los impactos materiales en los colectivos afectados causados o contribuidos por la empresa, así como, los que están directamente vinculados a las propias operaciones, productos o servicios de la empresa es el objetivo de este estándar.

 Requisitos de divulgación

 ·       ESRS S3-1 Políticas

·       ESRS S3-2 Procesos para involucrar a las comunidades

·       ESRS S3-3 Procesos de remediación y canales de comunicación

·       ESRS S3-4 Actuar sobre los impactos y medidas de mitigación

·       ESRS S3-5 Objetivos y métricas de gestión

 

Cómo prepararse para reportar esta información

 

·       Políticas relacionadas con las comunidades afectadas

·       Procesos para involucrar a las comunidades afectadas

·       Procesos de remediación y canales de denuncias

·       Adopción de medidas sobre impactos y enfoque de mitigación

 

 

 

CONSUMIDORES Y USUARIOS (ESRS S4)

 El cuarto estándar social se centra en las personas como usuarios, clientes y consumidores finales de productos y servicios con la finalidad de protegerles ante posibles riesgos para su salud y seguridad, apostar por un impacto positivo en ellos, y asegurar la realización efectiva de sus derechos. Los consumidores y/o usuarios finales son un grupo clave de partes interesadas afectadas.

 El objetivo de este estándar es pues, comprender los impactos materiales en los consumidores y/o usuarios finales causados o contribuidos por la empresa, así como los impactos materiales que están directamente vinculados a las propias operaciones, productos o servicios.

 Requisitos de divulgación

 ·       ESRS S4-1 Políticas

·       ESRS S4-2 Procesos para involucrar a consumidores y usuarios finales

·       ESRS S4-3 Procesos de remediación y canales de comunicación

·       ESRS S4-4 Actuar sobre los impactos y enfoque de mitigación

·       ESRS S4-5 Objetivos y métricas de gestión

 

Cómo prepararse para reportar esta información

 A continuación, vemos algunas acciones de cómo se puede impactar en los consumidores y usuarios y qué medidas pueden ayudarnos a gestionar los impactos (positivos o negativos) en este colectivo.

 

 

OTROS ESTÁNDARES

 Los ESRS no son el único marco de reporte de impactos sociales a tener en cuenta, y se observan tímidos avances sociales en lo relativo a otros marcos globales. En junio de 2023, el International Sustainability Standards Board (ISSB) anunciaba la publicación de los dos primeros estándares de reporte de sostenibilidad (IFRS S1, General Requirements for Disclosure of Sustainability-related Financial Information, y el IFRS S2 Climate-related Disclosures).

 A diferencia de los estándares europeos, ISSB todavía no ha aprobado requisitos de divulgación sociales, pero sí figura en su agenda de prioridades, específicamente aquellos

relacionados con “capital humano” y “derechos humanos”.

 ALGUNAS RECOMENDACIONES FINALES

 Algunas de las claves para una adecuada preparación e integración de los nuevos modelos de reporte, posicionándose como un líder en transparencia social son:

 ·       Invertir adecuadamente en capacidad, conocimiento y empoderamiento para los líderes del proceso de impacto social a nivel interno.

·       Generar y articular una reflexión estratégica sobre el propósito empresarial, que ayude a entender qué es lo importante en el ámbito social de la organización.

·       Entender que el análisis de doble materialidad es una pieza clave en el proceso de reporte y rendición de cuentas.

·       Trabajar en la medición de impacto social y los indicadores necesarios para estar preparados de cara al reporte.

https://www.dirse.es/necesitas-una-mano-los-esrs-materia-social/ 

https://www.efrag.org/Meetings/2211141505388508/EFRAG-SRB-Meeting-15-November-?AspxAutoDetectCookieSupport=1

https://www.efrag.org/Activities/2205170712504435/ESRS-Sector-Standards#

 

ESRS: ¿Cuáles son los indicadores del CSRD?

La CSRD establece los nuevos Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS) para empresas para la preparación de los balances anuales. Establecido por el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG) y adoptado el 31 de julio de 2023, los 12 puntos clave corresponden a uno de los tres ejes ESG.

Para cada eje, la empresa debe presentar los impactos (emisiones, comisiones, etc.) y las medidas puestas en marcha para abordar estos.

Impactos ambientales (E)

  • Cambio climático
  • Contaminación
  • Recursos acuáticos y marinos
  • Biodiversidad y ecosistemas
  • Uso de recursos y la economía circular

Componentes sociales (S)

  • Igualdad de trato y oportunidades de la fuerza laboral de la empresa
  • Condiciones de trabajo de los Empleados en la cadena de valor

  • Respeto por los DDHH de Consumidores y usuarios finales

Gobernanza (G)

  • Conducta empresarial ética

¿A qué se refiere la doble materialidad en el CSRD?

¿Qué es la materialidad simple?

Originalmente, la información contable se consideraba material cuando alcanzaba un umbral de "materialidad", más allá del cual tenía un impacto directo en las decisiones económicas de la empresa. Hoy en día, el término se usa para describir las políticas ESG de una organización, permitiéndoles evaluar y priorizar la importancia de los diversos temas ESG.

Doble materialidad y el CSRD

Al igual que la materialidad simple, la "doble materialidad" tiene como objetivo evaluar la información significativa que puede influir en las decisiones financieras relacionadas con la empresa. El concepto de materialidad simple (de fuera hacia dentro) se combina con la noción complementaria de materialidad de impacto (de dentro hacia fuera), que se centra en la influencia de la empresa y sus actividades en el medio ambiente y la sociedad. Esta es una herramienta central del CSRD para identificar los temas que deben, por su naturaleza, incluirse en el informe de sostenibilidad obligatorio debido a su importancia estratégica. 

Ejemplo: Una empresa de alimentos:

  • Materialidad financiera(“de fuera hacia dentro”) --> Malas cosechas debido a la interrupción climática afectan a la empresa con dificultades en la cadena de suministro y precios más altos.
  • Materialidad de impacto (“de dentro hacia fuera”) --> La empresa tiene un balance de carbono mediocre: puede contaminar a través de su actividad de producción, pero también puede implementar estrategias de descarbonización.

 

Empresas afectadas por la CSRD: ¿Cómo proceder?

En vista de su alcance más amplio, la CSRD requiere que un mayor número de empresas cumplan con la obligación de hacer el informe de sostenibilidad no financiero. Por lo tanto, prepararse para esta transición es esencial, especialmente para aquellas que no estaban sujetas a las regulaciones anteriores.

1.Conocer los requisitos

Primero, es importante analizar las nuevas regulaciones.

  • ¿Cuáles son los nuevos requisitos? 
  • ¿Cuál es su alcance?
  • ¿Qué departamentos están afectados?
  • ¿Qué acciones son necesarias?

Recuerda que los problemas ESG son numerosos e interdependientes.

2.Implementar un análisis de doble materialidad

Formular una matriz de doble materialidad es esencial. Alcanzar los objetivos de sostenibilidad alentados por el CSRD implica todas las funciones empresariales. También deben participar en el monitoreo y análisis de la política ESG de la empresa. Las empresas de consultoría ofrecen servicios de apoyo para la formulación de matrices. También pueden ser útiles con: 

  • Una mejor identificación de riesgos y oportunidades. 
  • Una participación informada de todos los departamentos. 

Combinar los análisis de materialidad de impacto (de dentro hacia fuera) y materialidad financiera (de fuera hacia dentro) ayudará en: 

  • Profundizar la comprensión de los problemas de sostenibilidad.
  • Proporcionar una visión global y equilibrada de riesgos y oportunidades.

3.Analizar desviaciones

Realizar una identificación de brechas basada en el estado actual de la empresa y el análisis de materialidad permitirá la formulación de una hoja de ruta detallada para cumplir con los futuros requisitos regulatorios.

4.Organizar la recolección de datos

Las empresas necesitarán recolectar y reportar un gran número de puntos de datos (hasta 1.200). Anticipar y abordar la composición, recolección y fiabilidad de los datos es imperativo para cumplir con los requisitos de información del CSRD.
 


¿Cuáles son los beneficios de cumplir con la directiva CSRD?

Dicha directiva tiene como objetivo facilitar el compromiso social y ecológico de las empresas. Informar sobre estos factores tendrá muchos efectos positivos, incluyendo: 

  • Mejora de la reputación y confianza de los stakeholders. 
  • Alineación con los objetivos de desarrollo sostenible. 
  • Acceso mas fácil a una financiación sostenible.

Los inversores pueden temer que la CSRD sea solo otro ejercicio de cumplimiento sin impactos reales en el mundo. En realidad, la directiva ofrece a las empresas un mejor entendimiento del impacto de las operaciones empresariales en el medio ambiente. Estos son, sin embargo, indicadores relevantes al negociar o licitar, por ejemplo..

¿Cuáles son las sanciones por no cumplir con la directiva CSRD?

Cada Estado miembro fija sus propias sanciones en caso de no cumplir la CSRD. En Francia, las sanciones financieras varían en función de dos supuestos¹  :

  1. Incumplimiento con la certificación de información sobre sostenibilidad: multa de 30.000 euros y hasta dos años de cárcel para el gerente de la empresa.
  2. Impedir la certificación de información sobre sostenibilidad: el director de la empresa se arriesga a una multa de 75.000 euros y hasta cinco años de cárcel.

Además de estas sanciones, pueden adoptarse otras medidas: 

  • Sanción de imagen: difusión pública del nombre de la empresa y los motivos de la infracción.
  • Sanción reglamentaria: orden de cese relacionado con la infracción.
  • Sanción financiera: multa adaptada a la situación financiera de la empresa y a los beneficios generados por la infracción.

Por último, además de las consecuencias jurídicas y financieras, hay otros riesgos: 

Impacto en la reputación: el incumplimiento puede dañar gravemente la imagen de la empresa.
Graves consecuencias: podría provocar una pérdida de confianza de los inversores, restricciones en el mercado y dificultad para asociarse.

3. ¿Qué pasará en España con la transposición de la norma de información en sostenibilidad?

Dentro del ordenamiento de nuestro país, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, ICAC, es el organismo adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos específicamente encargado de transponer la CSRD en España desde diciembre de 2022. Entre los trabajos preparatorios de la transposición, destaca la consulta pública previa que se realizó para recoger las observaciones y comentarios de los principales actores afectados por la directiva. Las siguientes fechas de los trabajos para avanzar en la transposición están pendientes de los cambios de gobierno, aunque aún hay tiempo para llegar a los plazos estipulados por ley.

El borrador español de esta nueva ley aún está sujeto a cambios. En España, las cuestiones abiertas de la normativa de la Unión Europea que cada estado puede decidir, tras pasar por un periodo de consulta, han dejado las siguientes observaciones, entre otras: el idioma del informe consolidado cuando la empresa tiene filiales en diferentes países será el español, la posible omisión de información sensible, la obligatoriedad de publicación en la web de la empresa y la verificación por un prestador independiente de servicios acreditados en España.

“Es un buen primer paso para que las empresas cambien realmente su forma de gestionar sus recursos y que conozcan el impacto que tienen sobre aspectos sociales y medioambientales”

comentó Ana Garrido, Jefa de área en la Subdirección General de Normalización y Técnica Contable en ICAC-Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en nuestra sesión.

Una nueva forma de reportingque supondrá un reto para las empresas españolas por afectar un mayor número, alcanzar un conocimiento más profundo, contar con un formato electrónico y contar con la verificación de la información.

4. Conexión con el Informe de Progreso del Pacto Mundial de la ONU.

En 2023 entró en vigor el nuevo informe de progreso del Pacto Mundial de la ONU. Un informe compuesto por más de 50 preguntas especializadas en cinco áreas relacionadas con los Diez Principios del Pacto Mundial de la ONU y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Un informe que cuenta con un área transversal, el de gobernanza, y cuatro temáticas claves de acuerdo con los Diez Principios del Pacto Mundial de la ONU: derechos humanos, normas laborales, medioambiente y lucha contra la corrupción.

Desde Pacto Mundial de la ONU España, conscientes de la importancia de la directiva y las nuevas normas, se ha llevado a cabo un trabajo de conexión entre el Informe de Progreso (CoP) y las normativas europeas y españolas. El Informe de Progreso se basa en los informes existentes y sigue los lineamientos internacionales de reporting.

En el White paper nº 5: nuevo Informe de Progreso del Pacto Mundial se vincula el informe de progreso con el borrador de las normas europeas de sostenibilidad hasta el momento y será puntualmente actualizado con las novedades consolidadas.  

Para una completa correlación entre las normativas y el CoP, se ha realizado un mapeo completa entre los estándares y cada una de las preguntas. Pero no nos quedamos ahí, además, quisimos relacionar cada pregunta con los Diez Principios del Pacto Mundial, los ODS y la Ley 11/2018 que trata sobre la información en materia de sostenibilidad.

En resumen, la nueva Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) marca un cambio significativo en la forma en que las empresas en la Unión Europea abordarán la información de sostenibilidad. Además, la conexión entre la CSRD y el Informe de Progreso del Pacto Mundial de la ONU en España muestra cómo las regulaciones europeas y nacionales están convergiendo para impulsar un enfoque más integral y responsable hacia la sostenibilidad empresarial. Estos cambios representan un desafío y una oportunidad para las empresas, ya que deben adaptarse a estándares más rigurosos y demostrar un mayor compromiso con la sostenibilidad en sus informes corporativos.

Para aquellas personas que no sean participantes del Pacto Mundial, también disponemos de información en abierto en materia de reporting en nuestra plataforma de formación gratuita, Open Academy Spain, On-demand session | Comunicación y reporte de los avances en sostenibilidad.

 

https://www.pactomundial.org/noticia/csrd-ultimas-claves-de-los-informes-de-sostenibilidad-del-futuro/

 White paper nº 5: nuevo Informe de Progreso del Pacto Mundial

El Pacto Mundial de la ONU presenta el white paper Nº5, un documento que presenta el nuevo Informe de Progreso del Pacto Mundial de la ONU lanzado en 2023. Un informe que alinea los Diez Principios y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con la Directiva de Información sobre sostenibilidad  y los marcos de reporte más importantes a nivel internacional.  

De esta forma, se quiere facilitar a las empresas el reporte en materia de sostenibilidad dando respuesta a las exigencias normativas europeas al mismo tiempo que se hace bajo el enfoque de las Naciones Unidas.

Además, incluye una detallada tabla de correspondencia que recoge la conexión del Informe de Progreso con los Diez Principios del Pacto Mundial, los ODS, la Directiva de información corporativa en materia de sostenibilidad (CSDR), las normas de presentación de informes sobre sostenibilidad (ESRS) de EFRAG y la aún vigente Ley 11/2018 de 28 de diciembre de información no financiera y diversidad.

 

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Cambios que propone la nueva directiva en el Estado de Información No Financiera

A grandes rasgos, las propuestas de modificación incluyen los siguientes cambios en los criterios ESG:

  • El EINF pasará a denominarse Informe de Sostenibilidad.
  • Ampliación del rango de aplicación.
  • Requisitos más detallados y normalizados sobre la información que deben presentar las empresas.
  • Mayor acceso a la información, exigiendo sus publicaciones en una sección dedicada en los informes de gestión de las empresas.
  • Obligación de que la información forme parte de los informes de gestión.
  • Digitalización de los informes. Formato electrónico, señalando la información sobre sostenibilidad con “etiquetas”.

  LEY 11/2018

  • Cuestiones medioambientales
  • Cuestiones sociales y relativas al personal
  • Respeto de los DDHH
  • Lucha contra la corrupción y el soborno
  • Sociedad y Desarrollo Sostenible
  • Modelo de negocio

 

CSRD 

Se añaden:

  • Doble enfoque de materialidad
  • Reporte de la información sobre intangibles
  • Taxonomía de la UE y Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles.
  • Objetivos y progresos 

Directiva CSRD y Estándares ESRS: Guía rápida para entender sus implicaciones en la empresa española


En el presente documento abordamos las principales claves de los estándares de reporting que suponen un punto de inflexión para la información de sostenibilidad en la Unión Europea.

EPacto Verde Europeo establece los objetivos de transformación de la Unión Europea para lograr un crecimiento estratégico basado en el desarrollo sostenible que permita lograr “una sociedad equitativa y próspera, con una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, en la que no habrá emisiones de GEI en 2050”. Este plan recoge medidas de control de la contaminación, políticas sociales, iniciativas contra el cambio climático y objetivos de reducción de emisiones, así como leyes que promueven la sostenibilidad. 

Para este fin, se creó el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la UE que establece una hoja de ruta que incluye 10 medidas vinculadas a la consecución de tres grandes objetivos:

1. Reorientar los flujos de capital hacia una economía más sostenible;

 2.Gestionar los riesgos financieros derivados del cambio climático;

 3. Fomentar la transparencia a largo plazo en las actividades financieras y económicas.

Dentro del tercer objetivo, se enmarca la Directiva 2022/2464 de 14 de diciembre de 2022 sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD por sus siglas en inglés), la nueva legislación europea que busca homogeneizar la información de sostenibilidad generada por las empresas. Esta directiva, que modifica a la Directiva 2014/95 de 22 de octubre de 2014 sobre informacion no financiera y diversidad  (NFRD por sus siglas en inglés) traspuesta al ordenamiento español como la Ley 11/2018 de Información No Financiera y Diversidad, pretende aumentar la transparencia y comparabilidad de la información de desempeño en materia ESG de las empresas.

¿Qué son la CSRD y los estándares ESRS?

La Directiva CSRD pretende equiparar la información sobre sostenibilidad con la información financiera y dar respuesta a las demandas de información de la comunidad inversora y otras partes interesadas, dándoles acceso a datos fiables y comparables.

La CSRD establece que las empresas dentro de su alcance deberán presentar su información no financiera de acuerdo con unos estándares comunes. En este contexto, el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG, por sus siglas en inglés) ha sido designado como asesor técnico de la CE, responsable de desarrollar y emitir este nuevo marco de estándares: los “European Sustainability Reporting Standards” (ESRS). El 29 de abril de 2022, EFRAG publicó los borradores de exposición (ED) del primer conjunto de ESRS e inició un proceso de consulta pública en el que participaron varios grupos de partes interesadas, y que finalizó en agosto de 2022.

La Junta de Informes de Sostenibilidad de EFRAG (EFRAG SRB) y el Grupo de Expertos Técnicos en Informes de Sostenibilidad de EFRAG (EFRAG SR TEG) consideraron todos los comentarios recibidos durante la consulta pública, y el 15 de noviembre de 2022 emitieron un primer conjunto de ESRS para ser presentado ante la Comisión Europea (CE).

Tras esa publicación, la Comisión Europea ha efectuado una serie de modificaciones a los estándares presentados por EFRAG, publicando una versión actualizada de los mismos el 9 de junio de 2023. Este primer conjunto de ESRS, que comprende 12 estándares, sigue la propuesta de CSRD y engloba asuntos ambientales, sociales y de gobernanza. El conjunto incluye estándares transversales y temáticos. Además, se prevé la publicación de estándares sectoriales específicos y estándares para pequeñas y medianas empresas (Pymes) que aún no están incluidos este primer paquete. En este momento están a la espera de una aprobación final que se produciría en lo que queda de año.

Preparamos una guía rápida para entender en 10 preguntas las implicaciones de la Directiva y los Estándares en la empresa española:

  1. ¿Qué empresas están obligadas a reportar?
  2. ¿A partir de cuándo deberán las empresas cumplir con estas nuevas obligaciones?
  3. ¿Qué tipo de información se reporta?
  4. ¿Cómo se debe reportar la información de sostenibilidad?
  5. ¿Dónde se deberá publicar la información?
  6. ¿Por qué la doble materialidad está en el centro de la CSRD y los ESRS?
  7. ¿Cómo conviven los ESRS con los otros estándares de reporting en materia de Sostenibilidad?
  8. ¿Todas las obligaciones entran en vigor al mismo tiempo para todas las empresas?
  9. ¿Qué tipo de aseguramiento deberán obtener las empresas sobre su información de sostenibilidad?
  10. ¿Cuáles son los siguientes pasos? 

Resumen

El pasado 7 de julio se cerró el proceso de consulta pública lanzado por la Comisión Europea con relación a los Actos delegados de los European Sustainability Reporting Standards.  En el presente documento abordamos las principales claves de los estándares de reporting que suponen un punto de inflexión para la información de sostenibilidad en la Unión Europea.


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